Existen dos convenios colectivos que afectan directamente al ámbito de la animación y del deporte, y que se aplican a las empresas que entran dentro de su campo de aplicación :
El Convenio colectivo nacional de la animación (CCNA) : vigente desde el 13 de enero de 1989 y ampliado por orden de 10 de enero de 1989 (Diario Oficial de la República Francesa del 13 de enero de 1989) (enlace a texto en Legifrance).
El Convenio colectivo nacional del deporte (CCNS) firmado el 13 de julio de 2005 y ampliado desde el 21 de noviembre de 2006 (Diario Oficial de la República Francesa del 21 de noviembre de 2006).
Se puede consultar todo el texto del CCNS en el sitio del COSMOS (Consejo Nacional del Movimiento Deportivo) : www.cosmos.asso.fr.
El CCNS regula las relaciones entre los empleadores y los trabajadores de las empresas que ejercen su actividad en los ámbitos siguientes : organización, gestión de instalaciones y equipamientos deportivos ; enseñanza, formación sobre actividades deportivas y formación profesional sobre profesiones del deporte ; promoción y organización de manifestaciones deportivas.
Existen igualmente otros convenios relativos a estos ámbitos de la animación y del deporte.
Centros ecuestres
Golf
Centros sociales y socioculturales
Espacios de ocio, de atracciones y culturales
Turismo social y familiar
Organismos gestores de hogares y servicios para jóvenes trabajadores
Establecimientos privados de hospitalización, curas y cuidado con fines no lucrativos
Establecimientos de servicios para las personas inadaptadas y discapacitadas
Albergues de juventud

